Brasileño que atropelló a manifestantes y disparó contra policías evita juicio con donación de G. 15 millones
El ganadero brasileño João Rhicardo Campos Marques, de 50 años, evitó afrontar un juicio oral y público por un violento episodio en el que atropelló una manifestación de padres de familia, realizó disparos y embistió una patrullera policial. El Juzgado Penal de Garantías N.º 1 de Capitán Bado le concedió la suspensión condicional del procedimiento, tras aceptar un acuerdo que contempla la reparación de los daños al móvil policial y una donación de G. 15 millones.
La decisión fue adoptada por la jueza Vivian Marina Quiñónez Vargas mediante el Auto Interlocutorio A.I. N.º 668, del 21 de octubre de 2026. El procesado estaba acusado por producción de riesgos comunes con material controlado, detentación ilegal, resistencia y daño a cosas de interés común.
La salida alternativa fue planteada por la defensa, integrada por los abogados Ana González Da Silva y Luis Alberto Vázquez Dávalos, y contó con el allanamiento de la fiscala María Ester Giménez Villalba. Como parte del acuerdo, Campos Marques admitió el relato fáctico de la acusación y abonó G. 3 millones para reparar los daños ocasionados a la patrullera de la Comisaría 4.ª.
Una persecución de cinco kilómetros
El episodio ocurrió el 28 de abril de 2026, alrededor de las 16:40, sobre la ruta PY11 Juana María de Lara, en la jurisdicción de la colonia Mariscal López, distrito de Capitán Bado.
Según los antecedentes expuestos por el Ministerio Público, padres de alumnos de la Escuela San Roque se encontraban manifestándose y mantenían bloqueada la ruta con motocicletas. En ese momento, Campos Marques llegó al sitio al mando de una camioneta Toyota Hilux, acompañado de su esposa.
El brasileño habría atropellado el cordón de bloqueo, derribado las motocicletas y efectuado disparos al aire, lo que obligó a los manifestantes a apartarse para evitar ser arrollados.
Agentes policiales que acudieron al lugar iniciaron una persecución a bordo de la patrullera N.º 40. Cuando lograron interceptar la camioneta, el conductor aceleró y embistió a los intervinientes, causando escoriaciones a tres suboficiales.
La persecución continuó durante unos cinco kilómetros. En un nuevo intento de interceptarlo, Campos Marques volvió a chocar contra la parte trasera de la patrullera y disparó contra la carrocería del móvil policial. Finalmente, fue reducido y aprehendido. Durante el procedimiento, recibió un disparo en el pie derecho y posteriormente requirió una intervención quirúrgica.
Donación y reglas de conducta
Durante la audiencia preliminar, la defensa calificó el episodio como un hecho aislado y sostuvo que su representado había actuado en legítima defensa ante un procedimiento que consideró desproporcionado. También presentó un carnet vigente de la Dimabel para acreditar la autorización de porte de arma.
La fiscala Giménez Villalba aceptó la salida alternativa al considerar las circunstancias del caso y las lesiones sufridas por el procesado, con fundamento en las disposiciones del artículo 21 del Código Procesal Penal.
La magistrada estableció un periodo de prueba de un año, hasta el 21 de octubre de 2027. Durante ese tiempo, Campos Marques deberá abstenerse de portar armas y consumir bebidas alcohólicas o drogas, además de comparecer trimestralmente ante el Juzgado de Paz de Capitán Bado.
El compromiso económico comprende G. 15 millones, de los cuales G. 8 millones fueron entregados durante la audiencia y los G. 7 millones restantes deberán depositarse en abril de 2027.
Del total, G. 10 millones serán destinados a la construcción de un tinglado en la Escuela San Roque N.º 1305, cuyos integrantes de la comunidad educativa protagonizaron la manifestación. Otros G. 2 millones irán al Departamento Académico de Investigación de la Universidad Católica de Pedro Juan Caballero; G. 2 millones, a la escuela de danza comunitaria Bado Yeroky; y G. 1 millón, al merendero de la iglesia Centro Familiar de Adoración, también de Pedro Juan Caballero.
Como consecuencia de la resolución, el juzgado dispuso levantar el embargo preventivo que pesaba sobre un inmueble y cancelar las restricciones cautelares impuestas al procesado.
La suspensión condicional del procedimiento evita que la causa avance a juicio oral mientras el beneficiado cumpla las condiciones establecidas. Su incumplimiento puede dar lugar a la revocación del beneficio, conforme al régimen legal aplicable.








